La Comisión Europea define la responsabilidad social de las empresas
(RSE) como «la integración voluntaria, por parte de las
empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones
comerciales y sus relaciones con sus interlocutores (stakeholder)».
Dadas las carencias observadas en el ámbito de la RSE, La Comisión
propone una estrategia de fomento de la RSE fundada en determinados principios:
- Naturaleza voluntaria de la RSE; la responsabilidad social
es una forma de actuar que adoptan las empresas voluntariamente,
más allá de sus obligaciones jurídicas,
por considerar que redunda a largo plazo en su propio interés.
- Transparencia y credibilidad de las actividades de la RSE.
- Focalización de la acción comunitaria en las actividades
en las que la intervención de la Comunidad aporte un verdadero
valor añadido.
- Está intrínsecamente vinculada al concepto de
desarrollo sostenible: las empresas deben integrar en sus operaciones
las consecuencias económicas, sociales y medioambientales.
- Enfoque equilibrado de la RSE en los ámbitos económico,
social y medioambiental, así como para los intereses de los
consumidores.
- Atención a las necesidades específicas de las PYME.
- Respeto de los acuerdos e instrumentos internacionales existentes
[normas de trabajo de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), directrices de la Organización de Cooperación
y Desarrollo Económicos (OCDE), etc.].